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¿Es válido en Colombia un matrimonio celebrado en el extranjero?

Actualizado: hace 5 días


¿El matrimonio en el extranjero es válido en Colombia?

Para determinar si un matrimonio celebrado en el extranjero es válido en Colombia, primero es necesario identificar si los contrayentes son ciudadanos colombianos o extranjeros domiciliados en Colombia. Esta distinción es fundamental, ya que influye directamente en el régimen patrimonial aplicable en el país.


Registro del matrimonio

Un matrimonio celebrado fuera del país debe registrarse tanto en el lugar de su celebración como en el lugar de nacimiento de los contrayentes. Además, si dicho vínculo se pretende hacer valer en Colombia, es crucial establecer si entre los cónyuges existe o no sociedad conyugal.


Régimen patrimonial de los matrimonios celebrados en el extranjero

Según los artículos 180 y 1774 del Código Civil Colombiano, la celebración de un matrimonio hace nacer automáticamente la sociedad conyugal, a menos que se haya pactado lo contrario mediante capitulaciones matrimoniales, las cuales deben hacerse por escritura pública antes del matrimonio.


Presunción de separación de bienes

El inciso 2° del artículo 180 del Código Civil, modificado por el Decreto Ley 2820 de 1974, establece que quienes se casen en el extranjero y se domicilien en Colombia se presumen separados de bienes, salvo prueba en contrario conforme a las leyes del país donde se celebró el matrimonio.


No obstante, esta presunción no aplica a matrimonios entre nacionales colombianos. La Corte Constitucional, en su Sentencia C-395 de 2002, estableció que:

“Si es un matrimonio entre nacionales colombianos o entre un nacional colombiano y un extranjero, como regla general debe aplicarse la ley civil colombiana, específicamente las normas sobre sociedad conyugal”.

Jurisprudencia relevante

La Corte Suprema de Justicia, en sentencia del 29 de julio de 2011 (Exp. No. 25286-3184-001-2007-00152-01), reiteró que los matrimonios entre colombianos celebrados en el extranjero no están exentos de las disposiciones del Código Civil colombiano sobre régimen patrimonial, a menos que se demuestre lo contrario mediante capitulaciones formales.

“Un matrimonio de colombianos en el extranjero no puede eludir las disposiciones sobre solemnidades, ni dar por querido lo que no se expresa”.

En resumen, la presunción de separación de bienes solo aplica cuando ambos cónyuges son extranjeros, y no puede aplicarse automáticamente a los matrimonios entre colombianos celebrados en el exterior.


¿Qué sucede si no se pactó régimen económico?

En caso de que los contrayentes colombianos no pacten un régimen diferente mediante capitulaciones, se entiende que por defecto se forma una sociedad conyugal, sin que sea válido deducir lo contrario por el simple hecho de haberse casado fuera del país.


Conclusión

Para los colombianos que se casan en el extranjero, el matrimonio es válido en Colombia, pero es necesario registrarlo y tener en cuenta que, salvo capitulaciones, se presume la existencia de una sociedad conyugal. Por el contrario, si es un matrimonio entre extranjeros, por excepción no es aplicable la ley civil colombiana y se presume legalmente que rige la separación de bienes, lo cual pueden desvirtuar los contrayentes mediante la la prueba de otro régimen, conforme a las leyes del país de la celebración del matrimonio.


Preguntas frecuentes sobre el matrimonio celebrado en el extranjero:


¿Dónde registrar un matrimonio contraído en el extranjero para que produzca efectos jurídicos en Colombia?

Si los contrayentes se encuentran en el país en el que se contrajo el matrimonio, para que este tenga efectos jurídicos en el territorio colombiano tendrá que ser registrado en el Consulado Colombiano de ese país y si los contrayentes se encuentran domiciliados en Colombia o tienen una permanencia provisional en el país, pero quieren que su matrimonio produzca efectos con la legislación colombiana, es necesario inscribirlo en una notaría.


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Publicado por: Daniela Carrasquilla Zuluaga, Abogada Especialista en Derecho de Familia, Magíster en Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana.

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