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Sociedad de hecho entre compañeros permanentes: el estándar probatorio que fijó la Corte Suprema (SC056-2026)
Cuando una pareja construye patrimonio durante años sin casarse —o cuando uno de los dos conserva una sociedad conyugal anterior sin liquidar—, la pregunta inevitable al momento de la ruptura o del fallecimiento es: ¿ese patrimonio se reparte? La figura que responde a ese interrogante es la sociedad de hecho entre compañeros permanentes, y la Corte Suprema de Justicia acaba de precisar, con rigor, qué debe probarse para que sea declarada. En la sentencia SC056-2026 del 23 de
Abogados CZ
hace 1 día6 min de lectura
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